Los Sistemas Informáticos de Facturación para interactuar con los servicios de la Administración Tributaria, deberán estar autorizados por el SIN y contar como mínimo con los siguientes componentes o funcionalidades:
Permite generar Facturas Digitales en formato XML para las modalidades Electrónica en Línea y Computarizada en Línea.
Este componente debe poseer por lo menos la emisión individual y por contingencia, en función del giro del negocio puede tener la capacidad de emisión masiva:
Su función principal es enviar y validar transacciones de registro como la anulación de las Facturas.
Funcionalidad que permite la descarga y actualización de los diferentes catálogos del Sistema de Facturación, códigos de productos y servicios, países, códigos de eventos significativos, códigos de mensajes de servicios y otros. La sincronización de catálogos se realizará de forma diaria.
Permite la sincronización de la fecha y hora de los Sistemas Informáticos de Facturación (Contribuyente) con la fecha y hora de la Administración Tributaria. Esta sincronización será utilizada para realizar los controles de plazos de envíos y registros en las diferentes casuísticas de emisión de Facturas Digitales. La sincronización puede ser realizada varias veces al día, recomendándose se la efectúe antes de la obtención del Código Único de Facturación Diaria - CUFD, a través del servicio web correspondiente.
Funcionalidad que permite el registro de eventos significativos que se hubieren producido y que se detallan en la sección Contingencia.
Su función principal es gestionar la impresión, envío o publicación de la representación gráfica y el XML de la factura digital. Si bien la impresión no es obligatoria, cuando el sistema informático de facturación no tenga la capacidad de enviar la representación gráfica y el XML de la factura digital, el sistema informático deberá poder realizar la impresión física de la representación grafica y posterior envío de esta y el XML a través de algún medio tecnológico. Adicionalmente podría poner a disposición de los clientes tanto la representación como el XML a través de un portal web u otro medio para que el cliente pueda consultar y obtener sus facturas digitales.
Se realiza con la finalidad de permitir que un sistema Informático pueda interactuar con el Servicio de Impuestos Nacionales para la emisión de Facturas Digitales. Este proceso se logra superando exitosamente todas las etapas del proceso conocido como Autorización de Sistemas.
Para poder realizar la solicitud de autorización se debe cumplir con los siguientes requisitos:
Si se cumplen los requisitos especificados en la normativa la solicitud se realiza ingresando a la dirección https://pilotosiat.impuestos.gob.bo/Autenticacion/index.xhtml
Para iniciar el proceso de autorización de sistemas que utilicen la modalidad de facturación electrónica en línea, los contribuyentes deberán contar con una firma digital.
La Agencia para el Desarrollo de la Información en Bolivia - ADSIB cuenta con una plataforma de solicitud de certificados de firma digital para pruebas, el servicio no tiene ningún costo.
Para solicitar su firma digital para pruebas puede acceder a https://desarrollo.adsib.gob.bo/solicitudes y seguir el procedimiento de solicitud de certificado de firma digital para facturación electrónica en línea.
Este procedimiento habilita a un contribuyente para poder utilizar el Sistema Autorizado de un proveedor y efectuar la emisión de sus facturas con el mismo.
El proceso consta de dos etapas: la Asociación y la confirmación.